Refugio y Asilo en Argentina — Quinterno & Fidanza
Protección Internacional

Refugio y Asilo
en Argentina

Representación legal ante la CONARE, protección internacional y defensa de los derechos de refugiados y solicitantes de asilo.

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Protección para quienes huyen de la persecución

Argentina cuenta con un marco legal robusto para la protección de personas que huyen de la persecución y la violencia. La Ley 26.165 (Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado) establece un procedimiento integral para la determinación de la condición de refugiado, en consonancia con la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967.

La CONARE (Comisión Nacional para los Refugiados) es el organismo encargado de evaluar las solicitudes y reconocer el estatuto de refugiado. Nuestro estudio brinda asistencia legal especializada en todas las etapas del procedimiento, desde la presentación de la solicitud hasta la defensa ante denegatorias y la protección de los derechos que la ley garantiza.

El asilo político es una institución del derecho latinoamericano que protege a personas perseguidas por sus opiniones o actividades políticas. El refugio es una figura más amplia del derecho internacional: protege a quienes sufren persecución por raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas, y también a quienes escapan de violencia generalizada, conflictos armados o violaciones masivas de derechos humanos. En la práctica argentina, la mayoría de las solicitudes se tramitan bajo el régimen de refugio ante la CONARE.

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Asistencia legal en refugio y asilo

Representamos a solicitantes de refugio, refugiados reconocidos y personas que necesitan protección internacional ante las autoridades argentinas y organismos internacionales.

Procedimiento

Cómo solicitar refugio en Argentina: paso a paso

El trámite de refugio en Argentina se rige por la Ley 26.165 y su reglamentación, y se desarrolla ante la CONARE. La reglamentación prevé tres tipos de procedimiento: ordinario (plazo máximo de 1 año), sumario (hasta 6 meses, para casos manifiestamente fundados o infundados) y excepcional (10 días hábiles, vinculado a extradición). Estos son los pasos principales:

Presentación de la solicitud

La solicitud puede realizarse de forma verbal o escrita, en persona o mediante representante, ante la CONARE, sus oficinas delegadas o puntos de acceso habilitados. No se requiere ingreso legal al territorio argentino.

Evaluación de viabilidad

Dentro de los 10 días de presentada la solicitud, la CONARE debe expedirse sobre su viabilidad o rechazarla "in limine" por manifiesta improcedencia. En caso de solicitudes realizadas en frontera, el plazo se reduce a 72 horas.

Certificado provisorio

Admitida la solicitud, se emite un certificado provisorio válido por 90 días y renovable automáticamente. Este documento habilita al solicitante a permanecer legalmente en el país, trabajar, estudiar y acceder al sistema de salud. Es importante tener en cuenta que la salida del país durante el trámite se considera desistimiento tácito de la solicitud.

Entrevista ante la CONARE

El solicitante es convocado a una entrevista personal donde expone en detalle los motivos de su solicitud. Las entrevistas son conducidas por personal cualificado, con derecho a intérprete y a asistencia letrada gratuita del Ministerio Público de la Defensa. La entrevista es confidencial.

Informe técnico y resolución

La Secretaría Ejecutiva elabora un informe técnico dentro de los 30 días hábiles de la entrevista. La CONARE evalúa la solicitud considerando el relato del solicitante, la documentación aportada y la información sobre el país de origen, y emite una resolución otorgando o denegando la condición de refugiado dentro de los plazos previstos según el tipo de procedimiento.

Recurso ante denegatorias

Si la solicitud es denegada, el solicitante puede impugnar la resolución mediante un recurso judicial directo ante la Cámara Federal, conforme al artículo 50 de la Ley 26.165. Nuestro equipo asiste en todas las instancias de impugnación.

Experiencia

Asistimos a solicitantes de refugio de diversas nacionalidades

Nuestro equipo ha representado a solicitantes de refugio y refugiados provenientes de distintas regiones del mundo. Contamos con experiencia en casos que involucran persecución política, religiosa, por orientación sexual, violencia de género y conflictos armados.

Venezuela
Colombia
Ucrania
Siria
Cuba
Haití
Senegal
Otros países
Marco legal

Requisitos: Ley 26.165

La Ley 26.165 reconoce como refugiado a toda persona que demuestre fundados temores de ser perseguida por motivos de:

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Pertenencia a un grupo social determinado
  • Opiniones políticas

Argentina adoptó además la definición ampliada de la Declaración de Cartagena de 1984, que extiende la protección a quienes huyen de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos o violación masiva de derechos humanos.

El principio de no devolución (non-refoulement) impide que Argentina expulse o devuelva a una persona al país donde su vida, libertad o integridad corran peligro.

Consultas habituales

Preguntas frecuentes

La solicitud puede realizarse de forma verbal o escrita ante la CONARE o sus puntos de acceso habilitados. El solicitante debe demostrar fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas. Admitida la solicitud, recibe un certificado provisorio válido por 90 días (renovable automáticamente) que le permite trabajar, estudiar y acceder a servicios públicos.

El asilo protege a perseguidos políticos (tratados regionales como la Convención de Caracas). El refugio es más amplio: cubre persecución por raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas, y también violencia generalizada o conflictos armados (Ley 26.165 y Convención de 1951).

La CONARE (Comisión Nacional para los Refugiados) es el organismo creado por la Ley 26.165 para evaluar y resolver solicitudes de refugio. Realiza entrevistas, evalúa la evidencia y dicta resoluciones. Coordina con ACNUR.

Derecho a permanecer en el país, certificado provisorio válido por 90 días (renovable), trabajar legalmente, acceso a salud pública, educación para sus hijos, no ser devuelto al país de peligro (non-refoulement), intérprete y asistencia jurídica gratuita del Ministerio Público de la Defensa.

La resolución denegatoria puede impugnarse mediante un recurso judicial directo ante la Cámara Federal, conforme al artículo 50 de la Ley 26.165. Este recurso permite la revisión judicial de la decisión de la CONARE.

La reglamentación establece plazos según el tipo de procedimiento: hasta 1 año para el ordinario, hasta 6 meses para el sumario y 10 días hábiles para el excepcional. Durante todo el proceso, el solicitante mantiene su certificado provisorio y sus derechos vigentes.

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